Nuevas Reglas para la licitación de Obras Municipales: más competencia y transparencia
11/03/2025
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile emitió, el 30 de diciembre de 2024, Instrucciones de Carácter General (ICG) destinadas a mejorar la competencia en las licitaciones de obras públicas municipales. Estas directrices, resultado de la causa Rol NC N° 482-20, buscan optimizar el diseño de las bases de licitación para la contratación de obras públicas a nivel municipal.
El proceso de elaboración de estas instrucciones contó con la participación de diversas entidades, incluyendo la Fiscalía Nacional Económica, organizaciones del sector de la construcción, municipalidades y otras autoridades relevantes. El TDLC identificó que una ponderación excesiva de factores fijos, como la experiencia o la capacidad económica, en detrimento de factores variables, como el precio, reduce la intensidad competitiva de las licitaciones y crea barreras de entrada para oferentes calificados.
Para abordar estas problemáticas, el TDLC estableció un mecanismo de licitación en dos etapas:
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Primera etapa: se evalúan exclusivamente factores de habilitación o aptitud para presentar propuestas, tales como experiencia y capacidad económica.
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Segunda etapa: la oferta económica se pondera como factor de adjudicación en al menos un 80%. Además, pueden considerarse otros factores, no incluidos en la primera etapa, como la contratación de personal con discapacidad, comportamiento previo, mano de obra local, inclusividad y género, entre otros, cuya ponderación conjunta no debe superar el 20%.
Adicionalmente, las instrucciones incluyen:
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Una descripción clara y específica de los proyectos a licitar.
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Prohibición de establecer precios mínimos.
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Limitación de las garantías a los riesgos que se buscan cubrir.
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Establecimiento de plazos mínimos entre el llamado a licitación y la presentación de ofertas.
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Restricción de contactos previos entre oferentes para evitar riesgos de coordinación.
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Medidas para publicitar adecuadamente las instrucciones.
Estas directrices están dirigidas a municipalidades, corporaciones municipales, gobiernos regionales, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, y cualquier entidad involucrada, directa o indirectamente, en la aprobación y/o diseño de las bases de licitación de proyectos de ejecución de obra pública municipal.