- C&L Abogados
- 17 jul
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5 cosas que debes saber si tienes una fundación u ONG en Chile
Las organizaciones sin fines de lucro cumplen un rol cada vez más relevante en el desarrollo social, cultural y comunitario del país. Sin embargo, muchas operan sin tener plena claridad sobre las exigencias legales que rigen su funcionamiento. En un escenario donde la transparencia y el cumplimiento son cada vez más exigidos, es fundamental que las fundaciones cuenten con un marco jurídico sólido y actualizado. A continuación, te compartimos cinco aspectos clave que toda fundación debe tener en cuenta para operar conforme a la normativa vigente.
La constitución legal es un requisito obligatorio y formal
Para que una fundación exista jurídicamente debe constituirse mediante escritura pública, obtener la aprobación del Ministerio de Justicia y registrarse en el Registro de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro del Registro Civil, conforme al Código Civil (artículos 545 y siguientes) y el Decreto Supremo N°110. Además, los estatutos deben establecer claramente el objeto social, los órganos de administración y los mecanismos de toma de decisiones. El Ministerio de Justicia tiene la facultad de observar y solicitar ajustes a los estatutos si estos no se ajustan a los criterios legales y al interés público.
Las obligaciones contables y de rendición de cuentas son exigibles por ley
Las fundaciones deben rendir cuentas anualmente ante el Ministerio de Justicia, presentando memoria, balance y estados financieros. Si administran recursos públicos o superan determinados umbrales de ingresos o patrimonio, deben además someterse a auditoría externa. Estas obligaciones derivan del artículo 557 del Código Civil y han sido reforzadas mediante resoluciones exentas del Ministerio. Las fundaciones deben contar con libros de actas, registros contables y una estructura de control financiero adecuada, especialmente cuando se manejan recursos públicos o donaciones privadas de envergadura.
Las donaciones están reguladas y requieren cumplimiento estricto
Recibir donaciones con beneficios tributarios implica cumplir con una normativa específica. La Ley N° 19.885 y la Ley N° 21.440 regulan distintos regímenes de donaciones sociales, los que exigen estar inscrito en el Registro Público de Donatarias, emitir certificados oficiales (como el Certificado N°73 del SII) y presentar reportes anuales a la autoridad. Además, se deben considerar las reglas del Código Civil sobre contratos de donación, especialmente en lo relativo a la aceptación y formalización. El incumplimiento de estas disposiciones puede implicar la pérdida de beneficios tributarios para los donantes y sanciones para la entidad receptora.
Las fundaciones están sujetas a fiscalización múltiple
El Ministerio de Justicia tiene amplias facultades para fiscalizar a las fundaciones, revisar sus libros, verificar el cumplimiento de sus fines y supervisar la legalidad de su actuación. Además, si administran fondos públicos, pueden ser auditadas por la Contraloría General de la República. En ciertos casos, también pueden estar obligadas a cumplir con la Ley N° 20.285 de Transparencia. Estas instancias no solo buscan controlar el uso de recursos, sino también garantizar que las organizaciones cumplan efectivamente con sus fines sin desvíos indebidos.
El cumplimiento hoy va más allá de lo legal: integridad y transparencia son claves
Las fundaciones que buscan establecer relaciones con entidades públicas o privadas deben contar con estándares de integridad comparables a los del sector privado. Esto incluye la adopción de códigos de ética, políticas de prevención de conflictos de interés, mecanismos de transparencia y canales de denuncia. Además, la Ley N° 21.595 sobre delitos económicos puede alcanzar a personas jurídicas sin fines de lucro si participan, permiten o facilitan actos ilícitos. La prevención del riesgo legal requiere no solo cumplir la ley, sino construir estructuras de gestión éticas, sólidas y sostenibles.
Conocer estas cinco claves es fundamental para que una fundación opere con seguridad, transparencia y dentro del marco legal vigente. El cumplimiento normativo no debe verse como una carga, sino como una garantía de sostenibilidad y legitimidad frente a la sociedad.
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