- C&L Abogados
- 9 oct
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5 cosas que debes saber sobre la regularización de la pequeña propiedad raíz (Decreto Ley N° 2.695)
En Chile, la ley que permite a los poseedores materiales sin título o con títulos imperfectos regularizar su situación y obtener el dominio legal es el Decreto Ley N° 2.695 de 1979. Este proceso legal, conocido como saneamiento de la pequeña propiedad raíz, busca otorgar certeza jurídica y valorizar los bienes. Recientemente, el marco legal chileno se actualizó para ampliar el acceso a este beneficio.
1. El límite de avalúo fiscal se elevó a 1.000 UTM sin distinción
La novedad más relevante, que amplía considerablemente el universo de beneficiarios, es el aumento del límite de avalúo fiscal. La Ley N° 21.737 modificó el DL N° 2.695, estableciendo un tope máximo de 1.000 UTM para poder postular, eliminando la distinción anterior entre predios rurales y urbanos. Este monto, que equivale a aproximadamente $69 millones de pesos, permite que propiedades con mayor valor fiscal que antes quedaban excluidas puedan ahora iniciar el proceso de regularización.
2. Debes acreditar la posesión material mínima de cinco años
Con base en la ley chilena, el requisito fundamental para acogerse es demostrar que se ha estado en posesión material del inmueble de forma continua, exclusiva, pública y sin violencia por un plazo de cinco años, a lo menos. Además de cumplir con el tiempo, se debe acreditar haber realizado actos que demuestren ser dueño, como mejoras, instalaciones de servicios o construcciones en el predio.
3. El trámite se gestiona exclusivamente a través de Bienes Nacionales
A diferencia de otros procesos de regularización, el saneamiento de títulos de dominio se realiza ante el Ministerio de Bienes Nacionales, el cual ejerce una función administrativa. El Ministerio evalúa la solicitud y, si determina que la regularización por vías judiciales es difícil u onerosa, inicia el procedimiento de saneamiento.
4. Permite obtener la posesión regular y acceder a beneficios del Estado
La culminación exitosa del proceso otorga la inscripción de dominio a nombre del solicitante en el Conservador de Bienes Raíces. Con esto, la persona adquiere la calidad de poseedor regular. El beneficio no es solo legal: al tener el título, el propietario queda habilitado para postular a subsidios estatales (como los habitacionales, de agua potable o de aislación térmica).
5. La ley impone restricciones temporales para vender e hipotecar
La ley chilena impone un período de restricción una vez que el inmueble es regularizado: el nuevo propietario no podrá gravar la propiedad (ej. hipotecarla) durante dos años, y no podrá enajenarla (venderla o transferirla) durante un plazo de cinco años. Ambos plazos se cuentan desde la fecha de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
En C&L Abogados, estamos permanentemente actualizados con las modificaciones a la legislación chilena, incluyendo el importante aumento del límite a 1.000 UTM. Te asesoramos para que puedas regularizar tu título de dominio conforme al Decreto Ley N° 2.695 y aprovechar esta ampliación de cobertura.
