- C&L Abogados
- 23 jul
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Colusión en el transporte de valores: un caso que obliga a repensar el compliance empresarial
El pasado 3 de julio de 2025, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) recibió una declaración inédita en Chile: Marcela Ferrada, ex directora comercial de Brink’s Chile entre 2012 y 2019, testificó como delatora en el caso de colusión entre las tres principales empresas de transporte de valores del país: Brink’s, Prosegur y Loomis.
Ferrada relató con detalle cómo se desarrollaba este acuerdo ilegal. Según su testimonio, ella y el entonces gerente general de Brink’s, Alberto Bálsamo, participaban activamente en la coordinación de precios con la competencia. Esta coordinación incluía el intercambio de información comercial sensible a través de correos electrónicos personales, planillas compartidas y comunicaciones informales, todo orientado a evitar una competencia real en el mercado.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE), a partir de esta confesión, pidió al TDLC aplicar multas históricas que suman cerca de 63,4 millones de dólares. De ese total, aproximadamente 30,5 millones corresponderían a Brink’s, 25,8 millones a Prosegur y 6,9 millones a Loomis. La magnitud de las sanciones refleja la gravedad del caso y la solidez de las pruebas aportadas por la delatora, quien se acogió al mecanismo de delación compensada previsto en la Ley de Libre Competencia.
El caso marca un punto de inflexión en el combate contra la colusión en Chile, tanto por la magnitud de las multas como por el perfil de la denunciante: una ejecutiva de alto nivel que decidió asumir el riesgo legal y reputacional de exponer estos hechos. Su declaración no solo evidencia cómo se gestan y mantienen estos acuerdos anticompetitivos, sino también lo difícil que puede ser detectarlos a tiempo sin una denuncia interna o una fiscalización activa.
Lecciones para las empresas
Este caso deja lecciones clave para todas las organizaciones, sin importar su rubro o tamaño. La primera es la necesidad urgente de implementar sistemas robustos de cumplimiento normativo, que incluyan políticas claras sobre libre competencia, capacitaciones periódicas y canales seguros para realizar denuncias. La segunda lección tiene que ver con la responsabilidad de la alta dirección. La participación de ejecutivos en estos acuerdos demuestra que no basta con tener políticas escritas: se requiere una cultura de integridad que sea promovida desde el liderazgo.
También es necesario comprender los riesgos a los que se expone una empresa que infringe la normativa de libre competencia. Las sanciones no son solo económicas; incluyen también daños reputacionales, pérdida de clientes, litigios derivados y, en algunos casos, responsabilidad penal para sus ejecutivos.
El rol del compliance como escudo preventivo
Contar con un modelo de prevención de delitos, políticas de libre competencia y programas de compliance bien diseñados permite a las empresas reducir significativamente estos riesgos. Un enfoque preventivo no solo protege a la organización, sino que además contribuye a construir mercados más transparentes y justos.
En C&L Abogados acompañamos a las empresas en el diseño, implementación y evaluación de sus programas de cumplimiento, alineados con la normativa chilena y las mejores prácticas internacionales. Casos como el de Brink’s muestran que las infracciones graves no son exclusivas de grandes corporaciones, pueden surgir en cualquier industria, y solo una cultura organizacional sólida puede evitar que se desarrollen o se mantengan en el tiempo.
¿Tu empresa está preparada para enfrentar estos desafíos? Contáctanos para una asesoría legal especializada y fortalece el cumplimiento normativo en tu organización.
