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  • C&L Abogados
  • 14 may
  • 2 Min. de lectura

Contraloría instruye sobre nuevas restricciones en contrataciones públicas 


El 28 de abril de 2025, la Contraloría General de la República emitió el Oficio E69939/2025, instruyendo a todos los órganos del Estado sobre la correcta aplicación del artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas. Esta norma, vigente desde diciembre de 2023, establece restricciones para evitar conflictos de interés en las contrataciones públicas. 


Entre sus principales implicancias, se prohíbe contratar con funcionarios del mismo organismo —sin importar si tienen contrato de planta, contrata u honorarios— así como con sus cónyuges, convivientes civiles y familiares hasta segundo grado. También se impide contratar con sociedades en las que estas personas tengan participación relevante o sean beneficiarios finales. Estas restricciones se extienden incluso hasta un año después del cese de funciones para directivos o personas que hayan intervenido en procesos de compra. 


La única excepción admitida por la normativa se aplica a comunas rurales o zonas extremas, donde la ausencia de proveedores justifique fundadamente una contratación excepcional, previa resolución debidamente comunicada a la Contraloría y a la Cámara de Diputados. 


Para los organismos públicos, el riesgo es claro: contrataciones que infrinjan esta norma pueden ser declaradas inválidas, dar lugar a observaciones en auditorías o comprometer la responsabilidad del jefe de servicio. Para los privados, el desconocimiento de vínculos societarios o familiares puede inhabilitarlos incluso luego de haber sido adjudicados, con el consiguiente perjuicio económico y reputacional. 


En C&L Abogados asesoramos a entidades públicas y proveedores del Estado en la implementación de mecanismos de revisión documental, trazabilidad de beneficiarios finales y protocolos de abstención. El cumplimiento normativo comienza por identificar correctamente los riesgos legales en cada etapa del proceso de contratación. 


¿Tienes dudas sobre cómo adaptar tus procesos a esta normativa? Contáctanos. 






 
 
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