- C&L Abogados
- 3 oct
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Corte de Santiago anula autorización minera por omitir consulta a comunidad indígena
La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió dejar sin efecto una autorización de exploración minera otorgada a una empresa del rubro, debido a que la autoridad competente omitió realizar la consulta previa a la Comunidad Atacameña de Socaire. Este requisito se encuentra expresamente consagrado en el Convenio 169 de la OIT y en la Ley Indígena N° 19.253, que exigen la participación efectiva de los pueblos originarios en aquellas decisiones que puedan afectarles directamente.
La importancia de la consulta previa
El fallo enfatiza que la consulta indígena no es un trámite meramente formal. Por el contrario, debe desarrollarse de buena fe, con información suficiente, clara y transparente, y garantizando la participación real de las comunidades afectadas. Omitir este paso supone una vulneración de derechos fundamentales, como la igualdad ante la ley, el derecho a participar en las decisiones que les conciernen y la protección de territorios y recursos naturales esenciales para su subsistencia.
Los efectos de la decisión judicial
Con esta sentencia, la Corte ordenó retrotraer el procedimiento administrativo al estado inicial, disponiendo que la consulta se lleve a cabo de manera adecuada antes de poder avanzar en el proyecto de exploración minera. Este criterio reafirma que ninguna autorización administrativa puede prevalecer si se omiten las garantías de participación establecidas en la normativa nacional e internacional.
Un precedente para futuros proyectos
El caso marca un precedente importante en la jurisprudencia nacional, ya que confirma que la falta de consulta previa es motivo suficiente para anular permisos relacionados con proyectos extractivos. Para las empresas y organismos públicos, esto implica que la consulta previa debe considerarse como un elemento esencial dentro de la planificación y ejecución de proyectos con impacto ambiental, territorial o social. Su cumplimiento no solo evita conflictos legales, sino que también fortalece la legitimidad y sostenibilidad de las iniciativas.
Este fallo recuerda que la relación entre desarrollo económico y respeto a los derechos de los pueblos indígenas requiere de un equilibrio basado en la participación, la transparencia y el respeto a las normas jurídicas. Incorporar procesos de consulta desde el inicio de los proyectos no es solo una obligación legal, sino también una oportunidad para generar confianza y asegurar que las comunidades tengan un rol activo en las decisiones que afectan su entorno.
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