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  • C&L Abogados
  • 3 sept
  • 2 Min. de lectura

Reducción de jornada durante vacaciones escolares: lo que establece la Ley 21.645 y el dictamen de la Dirección del Trabajo 


La Ley N.º 21.645, que promueve la conciliación de la vida laboral y familiar, incorporó la posibilidad de que trabajadores y empleadores acuerden una reducción de jornada durante los períodos de vacaciones escolares. Sin embargo, para que esta medida tenga validez, deben cumplirse requisitos específicos que han sido aclarados por la Dirección del Trabajo en su reciente Dictamen ORD. N.º 540, de 7 de agosto de 2025


Marco legal y rol de los sindicatos 


De acuerdo con el artículo 376 del Código del Trabajo, la reducción de jornada solo puede aplicarse mediante un convenio colectivo entre empleadores y sindicatos. El dictamen de la Dirección del Trabajo ratifica que no corresponde al empleador pactar directamente con cada trabajador, sino que el acuerdo debe celebrarse colectivamente. Asimismo, precisa que estas modificaciones contractuales deben formalizarse de manera escrita, a través de anexos individuales que reflejen lo convenido a nivel colectivo. 


Efectos en la remuneración 


El dictamen aclara que la rebaja de la remuneración es proporcional a la reducción de jornada. Esto significa que, si se acuerda una reducción horaria durante las vacaciones escolares, los trabajadores percibirán una disminución de ingresos en la misma proporción. Esta condición debe quedar explícita en el convenio colectivo y en los anexos de contrato respectivos, garantizando transparencia y certeza jurídica. 


Ámbito de aplicación 


Según lo establecido por la normativa y reafirmado por la Dirección del Trabajo, esta medida solo puede aplicarse durante los períodos de vacaciones escolares definidos por el Ministerio de Educación. No procede en otras fechas ni puede extenderse indefinidamente, ya que su finalidad es facilitar la conciliación familiar en un marco temporal acotado. 


Importancia para las empresas 


El Dictamen ORD. N.º 540 refuerza la necesidad de que los empleadores actúen con estricto apego a la ley al implementar esta medida. Para las empresas, esto implica evaluar con cuidado los alcances de la reducción de jornada, formalizar correctamente los acuerdos y mantener un diálogo transparente con los sindicatos. La correcta aplicación no solo evita sanciones o conflictos laborales, sino que también demuestra un compromiso con el bienestar de los trabajadores. 


Conclusión 


La reducción de jornada laboral durante las vacaciones escolares es una herramienta que puede beneficiar tanto a trabajadores como a empresas, siempre que se respete la normativa vigente. El dictamen de la Dirección del Trabajo entrega claridad sobre cómo aplicar esta medida, subrayando que los acuerdos deben ser colectivos, formales y proporcionales en materia de remuneración. 


En C&L Abogados asesoramos a empresas y sindicatos en la implementación de este tipo de acuerdos, asegurando que se ajusten a la Ley 21.645 y a las interpretaciones de la autoridad laboral. Si tu organización requiere apoyo en este ámbito, contáctanos y conversemos sobre la mejor estrategia legal. 



 
 
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